Las y los diputados de la Sexagésima Legislatura del H. Congreso del Estado aprobaron, durante la Sesión Ordinaria de este miércoles, la iniciativa de Ley con proyecto de Decreto que reforma el artículo 2262 del Código Civil para el Estado de Colima, que tiene como objetivo proteger y garantizar los derechos de las personas adultas mayores en las acciones de revocación de donaciones, a efecto de que no exista prescripción de dicha acción, sino que puedan ejercerla en cualquier momento.
De acuerdo con el dictamen elaborado por la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales de la iniciativa suscrita por el diputado Ignacio Vizcaíno Ramírez -quien la presentó en tribuna- y la diputada Glenda Yazmín Ochoa, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, se propuso reformar el artículo que decía textualmente: “La acción de revocación por causa de ingratitud no puede ser renunciada anticipadamente y prescribe dentro de un año, contado desde que tuvo conocimiento del hecho el donador”.
Con la reforma aprobada, el artículo 2262 del Código Civil para el Estado de Colima queda de la siguiente manera: “La acción de revocación por causa de ingratitud no puede ser renunciada anticipadamente y prescribe dentro de un año, contado desde que tuvo conocimiento del hecho del donador, salvo tratándose de personas adultas mayores, en cuyo caso, la acción podrá ejercerse en cualquier tiempo”.
Esto tiene como fin que la acción de revocación por causa de ingratitud, al tratarse de personas adultas mayores, sea ejercida en cualquier momento, en aras de lograr un mecanismo eficaz de respeto y garantía de los derechos de los adultos mayores.