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Garantizar, asegurar, avalar, respaldar. Todo eso y más habría que pretender sea una realidad en materia de derechos.

La verdad, es que en nuestro país los derechos en general, y los de las audiencias en particular, han llevado un camino cuesta arriba.

A más de 100 años de la presencia de la radio en nuestro país, por ejemplo, los derechos de las audiencias fueron materia legislativa, modificación constitucional y ley aprobada: 2013-2014.

Antes, por supuesto, como sucede con todos esos derechos exigidos, fueron trabajados e impulsados desde la sociedad civil, desde la academia y la investigación. Ahí están los nombres de mujeres y hombres, hombres y mujeres, registrados por la historia.

Pero apenas publicados, fueron motivo de controversia constitucional por el Ejecutivo que los había publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Los poderes fácticos hicieron su tarea. Estos derechos, vivieron una contrarreforma en el 2017, al quitar aquello que incomodaba, que afectaba e impedía seguir “con los cambios, pero igual que antes”.

Ello implicó la promoción de un amparo por parte de la Asociación Mexicana de Defensorías de las Audiencias, el cual fue ganado en agosto del 2022. Y es esta este 2024 que el órgano regulador, IFT, creado con la citada ley, pone a consulta el anteproyecto el cómo ejercer esos derechos.

Es un anteproyecto, ya lo han dicho, escrito y comentado especialistas en la materia, que contiene lo mínimo. Se debe fortalecer.

Y en este escenario, la consulta concluye el día 30 de agosto, camina una propuesta legislativa para desaparecer ese órgano regulador y regresar las facultades a la administración pública federal.

¿Quién tiene que garantizar los derechos de las audiencias? Es la pregunta.

La historia nos muestra como el poder Ejecutivo ha dejado mucho que desear en la materia. Al igual que el órgano creado exprofeso.

Sin embargo, considero que los contrapesos en el ejercicio del poder son necesarios. Habría que establecer el marco normativo claro y preciso para el ejercicio y el cumplimiento de los objetivos; con instituciones transparentes, apegadas a derecho, con mecanismos de rendición de cuentas, que respondan a los intereses plasmados en la ley.

Los derechos humanos, como los derechos de las audiencias, no pueden eliminarse, dado que son progresivos. Pero se pueden quedar ahí, como hasta ahora, sin un ejercicio pleno de los mismos, sin una promoción para que las audiencias los conozcan exijan y ejerzan.

Los derechos de las audiencias no son censura, ello es una lectura sesgada e interesada.

Y por ello es la pregunta ¿quién garantiza la promoción, respeto y ejercicio pleno de los derechos de las audiencias?

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